El Derecho Colaborativo, es un medio alternativo de resolución de conflictos, voluntario y contractual mediante el cual las partes son asistidas por sus abogados colaborativos al amparo del acuerdo de participación suscrito entre las partes y los letrados.
El Derecho Colaborativo no será dirigido por un tercero neutral sino que lo dirigirán las partes y sus respectivos abogados cada uno en representación de su respectivo cliente; asimismo, se permite la asesoría o participación de terceros profesionales para integrar un equipo interdisciplinar de trabajo.
En caso que el proceso colaborativo culmine sin acuerdo, las partes podrán acudir a un procedimiento contencioso a través de la intervención de nuevos abogados.
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